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Documento BORME-C-2017-3402

MOSOL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
MOSOL ALQUILER, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 4021 a 4021 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-3402

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que en la Junta General de MOSOL, S.L., celebrada el día 2 de mayo de 2017, se ha acordado la escisión parcial y traspaso en bloque de la rama de actividad consistente en el alquiler de una serie de viviendas en la provincia de Cádiz, de la Sociedad parcialmente escindida a favor de la Sociedad Beneficiaria de nueva creación, de forma que la segunda adquirirá de la primera, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a la rama de actividad segregada, mediante la creación al efecto por la Sociedad Beneficiaria de un total de 152.401 participaciones de seis euros con sesenta y seis céntimos (6'66 €) de valor nominal cada una, números 1 a 152.401, ambas inclusive, que serán asumidas íntegramente por los socios de la sociedad parcialmente escindida en la misma proporción.

En MOSOL, S.L., con forma de Sociedad de responsabilidad limitada, la Junta General ha tenido el carácter de universal y sus acuerdos han sido adoptados por unanimidad, por lo que en aplicación del artículo 78 bis LME, que simplifica los trámites en tales casos, Se considerará como balance de escisión, a los efectos del artículo 73 de la LME, en relación con el artículo 36 de la misma Ley, el balance anual aprobado cerrado a 31 de diciembre de 2016.

Conforme al artículo 73 de la LME, en relación con el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, documentos que se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Igualmente se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión parcial en los términos contenidos en la propia LME, especialmente su artículo 44, dentro del plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio.

Algeciras, 8 de mayo de 2017.- El Administrador Mofait, S.L., Representada por Luis Felipe Morales Solano.

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