Anuncio escisión parcial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que en la Junta general Extraordinaria y Universal de la sociedad Óptima Proyectos, S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el día 9 de diciembre de 2016, acordó, por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de la misma mediante la transmisión y el traspaso en bloque de una parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria Magnet Siglo XXI, S.L., adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores sociales a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado, así como el derecho que les corresponde a oponerse a la escisión parcial, y ello durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.
Santander, 24 de enero de 2017.- Rubén Lecube Bedialauneta, Administrador solidario.
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