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Documento BORME-C-2017-4329

IMMOCHAN ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RED ÁREAS PARQUE, S.A.U.
ZENOR OVERSEAS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 5064 a 5064 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-4329

TEXTO

Con fecha 11 de mayo de 2017, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), el accionista único de las sociedades Immochan España, S.A.U. ("IMMOCHAN" o la "Sociedad Absorbente") y Red Áreas Parque, S.A.U. ("REDARPA") y el socio único de la mercantil Zenor Overseas, S.L.U. ("ZENOR") (conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas") han aprobado (i) el Proyecto Común de Fusión, (ii) sus respectivos Balances de Fusión, y (iii) la operación de fusión en sí misma (ajustada a los términos y condiciones establecidos en el referido Proyecto Común de Fusión), por virtud de la cual, IMMOCHAN absorberá, de forma simultánea, a REDARPA y ZENOR, de suerte que las Sociedades Absorbidas, como consecuencia de su disolución sin liquidación, transmitirán su patrimonio social a favor de IMMOCHAN, la cual adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquéllas, de conformidad con el artículo 23.2 LME (la "Fusión").

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, el accionista y los acreedores de la Sociedad Absorbente y los socios y los acreedores de las Sociedades Absorbidas (conjuntamente, las "Sociedades Intervinientes") tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la Fusión y del Balance de Fusión de las Sociedades Intervinientes en el domicilio social de aquéllas. En lo menester, se hace constar que el domicilio social de las Sociedades Intervinientes es el siguiente: Calle Santiago de Compostela, s/n, 28029 Madrid.

Según lo previsto en el artículo 44 LME, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a la Fusión los acreedores y, en su caso, obligacionistas de las Sociedades Intervinientes cuyo crédito hubiese nacido antes de la fecha de publicación de este anuncio y no estuviese vencido en ese momento, hasta que se les garanticen tales créditos. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

Madrid, 18 de mayo de 2017.- Dña. Paloma Salcedo López, Secretario no miembro del Consejo de Administración de Immochan España, S.A.U. y de Red Áreas Parque, S.A.U. y D. Valentín Serrano Martínez, administrador único de Zenor Overseas, S.L.U.

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