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A los efectos del artículo 319 del texto refundido de la LSC se hace público que en la Junta General de la Sociedad celebrada en el domicilio social en fecha 30 de junio de 2016 con carácter de Universal por estar presentes todos los socios y estar de acuerdo en su celebración, se adoptaron por unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo incluido en el orden del día previamente aceptado por todos;
I.- Reducir el capital social de la sociedad en la cuantía de QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (559.230,50 €), dejándolo establecido en SESENTA MIL CIEN EUROS (60.100 €), como consecuencia de pérdidas acumuladas y para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, quedando amortizadas y anuladas 8.185 acciones números 346 al 460, 502 al 640, 656 al 775, 802 al 844, 850 al 889, 903 al 927, 941 al 963, 977 al 1.000, 1.501 al 2.352 y 2.562 al 9.185, todos inclusive, sin que, dada la índole de la operación, esta implique reembolso alguno a los accionistas, quedando igualmente excluido el derecho de oposición de los acreedores.
Madrid, 25 de mayo de 2017.- Administrador Único.
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