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Documento BORME-C-2017-5457

DIGITAL ADVERTISING SCREEN, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 103, páginas 6370 a 6371 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-5457

TEXTO

Se comunica que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC"), y para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los socios de "DIGITAL ADVERTISING SCREEN, S.L." (la "Sociedad"), mediante reunión celebrada el 25 de mayo de 2017 la Junta General Extraordinaria de la Sociedad, a la que acudió el 95% del capital total de la Sociedad, acordó reducir el capital social a cero euros con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y patrimonio neto de la Sociedad y simultáneamente, realizar una ampliación de capital mediante aportaciones dinerarias (el "Aumento de Capital"), en los términos y condiciones que a continuación se detallan:

Primero.- Reducción de capital social a cero para compensar pérdidas y con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad mediante la amortización de todas las participaciones de la Sociedad.

De conformidad con lo previsto en el artículo 343 de la Ley de Sociedades de Capital, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por las pérdidas, se acordó reducir el capital social, a CERO EUROS (0,00.-€), mediante la amortización de las participaciones existentes, quedando anuladas la totalidad de las participaciones hasta la fecha emitidas, sobre la base del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2016, auditado por el auditor Audiservicios Auditores Consultores, S.L." y aprobado en Junta General celebrada el 25 de mayo de 2017.

Quedando condicionada la eficacia del acuerdo de reducción de capital a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital simultáneo adoptado a continuación.

Segundo.- Importe del Aumento de Capital y participaciones a emitir.

El capital social se aumenta en un importe nominal total de CIEN MIL EUROS (100.000,00.-€) mediante la emisión y puesta en circulación de 100 nuevas participaciones de la Sociedad, de MIL EUROS (1.000,00.-€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la número 1 a la número 100, ambas inclusive, que se suscribirán y desembolsarán íntegramente mediante aportaciones dinerarias. Las participaciones se emiten por su valor nominal de CIEN EUROS (100,00.-€) sin prima de emisión (el "Precio de Suscripción").

Tercero.- Derechos políticos y económicos.

Las participaciones nuevas pertenecen al mismo tipo que las participaciones de la Sociedad que se encuentran actualmente en circulación y otorgarán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos a partir de la fecha en la que queden inscritas en los registros contables correspondientes.

Cuarto.- Suscripción y desembolso.

Los socios podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente de las participaciones representativas del citado aumento durante el plazo de UN (1) MES a contar desde la publicación de este anuncio, quedando obligados los mismos al desembolso de su contravalor desde el mismo momento de la suscripción.

Para el caso de no suscribirse íntegramente el aumento de capital, se abrirá automáticamente un segundo periodo de suscripción cuyo plazo de ejercicio será de quince (15) días naturales a contar desde el fin del anterior período, para que los socios que hubieren acudido a la suscripción planteada pudieren suscribir y desembolsar el resto de capital pendiente de suscribir. En caso de concurrencia de varios socios interesados en suscribir el resto de capital no suscrito, se prorratearía en proporción al capital ostentado por cada socio en la Sociedad antes de la operación acordeón planteada.

En caso de no suscribirse íntegramente el aumento de capital, en los dos periodos anteriores, el Órgano de Administración podrá ofrecer la adquisición de las participaciones pendientes de suscribir a cualquier persona física o jurídica interesada.

Se deja constancia de que el socio que no acuda al aumento de capital perderá tal condición.

El desembolso de las Participaciones Nuevas habrá de hacerse en los plazos anteriormente indicados, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta con número IBAN ES 84 0081 0648 2400 0102 0509, que la sociedad tiene abierta en la entidad bancaria Banco Sabadell, con el concepto "Aumento de capital" o mediante entrega de cheque en el domicilio social de la sociedad.

Madrid, 25 de mayo de 2017.- El Administrador Único, Juan Carlos Aparicio San Miguel.

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