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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace púbico que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Electricidad de Puerto Real, S.A., en su reunión de fecha 7 de diciembre de 2016, con carácter Universal, ha acordado la reducción de capital en 1.650.886,75 €, por devolución de aportaciones, mediante disminución del valor nominal de las acciones, para dar cumplimiento a la Ley del Sector Eléctrico 24/2013 de 26 de diciembre en relación a la separación de actividades entre empresas distribuidoras y su participación en comercializadoras.
A estos efectos, La Junta General Extraordinaria acordó, por unanimidad, reducir el capital social de la sociedad, actualmente fijado en 6.611.133,15 €, mediante la disminución del valor de cada acción en la cantidad de 150,0806136€, pasando cada acción de tener un valor nominal de 601,0121045€ a un valor nominal de 450,9314909€, por lo que dicho capital pasa a ser de 4.960.246,40 €.
Concretamente, los accionistas de la mercantil, Ayuntamiento de Puerto Real y Endesa Red, S.A., recibirán la devolución de sus aportaciones en especie y a prorrata conforme a su porcentaje de participación en la sociedad. Esta devolución de aportaciones se hace efectiva mediante la transmisión de la titularidad de las acciones que Electricidad de Puerto Real, S.A., ostenta en la mercantil Epresa Energía, S.A.U., dejando esta última de ser sociedad unipersonal a estar participada a su vez por los mismos accionistas de Electricidad de Puerto Real, S.A., en la misma proporción. La reducción acordada se ejecutará una vez transcurrido el plazo de ejercicio del derecho de oposición de los acreedores previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital. Como consecuencia de la reducción, se ha modificado el artículo 6 de los estatutos sociales, quedando el capital social fijado en la cifra de 4.960.246,40 €, dividido en 11.000 acciones de 450,9314909€ de valor nominal cada una de ellas.
De conformidad con los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición a ejercitarse en plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de reducción.
Puerto Real, 6 de febrero de 2017.- Secretario del Consejo de Administración.
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