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Documento BORME-C-2017-6044

GROUPE-DECO EMPORDÀ, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y PARCIALMENTE ESCINDIDA)
PISCINES DECOPLUS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
DECO-JARDÍ EMPORDÀ, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 7028 a 7028 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-6044

TEXTO

Anuncio de fusión y posterior escisión parcial

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril,de Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de las sociedades "Groupe-Deco Empordà, S.L.U.", "Piscines Decoplus, S.L.", y "Deco-Jardí Empordà, S.L.", celebradas el pasado 1 de junio de 2017, aprobaron por unanimidad:

1) La fusión por absorción de Piscines Decoplus, S.L., por parte de Groupe-Deco Empordà, S.L.U., a través de la disolución sin liquidación de Piscines Decoplus, S.L., y absorción en bloque de su patrimonio social por parte de Groupe-Deco Empordà,S.L.U., la cual adquiere por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio absorbido, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión por absorción suscrito por el administrador único de ambas entidades, Groupe-Deco Empordà, SLU y Piscines Decoplus, S.L.

2) La posterior escisión parcial, sin extinción, de Groupe-Deco Empordà,SLU(F), a través de la segregación de una parte de su patrimonio, consistente en la rama de actividad patrimonial, a favor de la entidad ya existente Deco-Jardí Empordà, S.L., la cual adquiere por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión suscrito por el administrador único de ambas entidades, Groupe-Deco Empordà, S.L.U., y Deco-Jardí Empordà, S.L.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión y posterior escisión parcial, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión y escisión. Los acreedores de cualquiera de las sociedades podrán oponerse a la fusión y posterior escisión de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación último anuncio del acuerdo que aprueba la fusión y posterior escisión.

El Administrador único de las tres entidades participantes, Jordi Julià Gatiellas,representante tanto de la sociedad absorbida "Piscines Decoplus, S.L.", la entidad absorbente y posteriormente escindida,"Groupe-Deco Empordà, S.L.U.", como de la sociedad beneficiaria, "Deco-Jardí Empordà, S.L.".

Agullana, 1 de junio de 2017.- Administrador único.

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