Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-6441

ASISA, SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
HLA SERVICES ASISTENCIA INTEGRAL DE SALUD, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 7490 a 7491 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-6441

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el Consejo de Administración de ASISA SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD, S.A., Sociedad Unipersonal (Sociedad Escindida), ha acordado por unanimidad, en sesión celebrada el 30 de junio de 2017, la escisión parcial de parte de su patrimonio, consistente en la unidad económica constituida por la totalidad de los elementos del activo y del pasivo que integran el negocio afecto a los servicios prestados por la Sociedad Escindida a asegurados distintos a los de OCASO S.A. Cía. de Seguros y Reaseguros y a los de otras empresas pertenecientes al grupo al que pertenece OCASO S.A. Cía. de Seguros y Reaseguros, y, en consecuencia, el traspaso en bloque, por sucesión universal, de dicha unidad económica en favor de una sociedad de nueva creación que quedará constituida bajo la denominación de HLA SERVICES ASISTENCIA INTEGRAL DE SALUD, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria de la Escisión), que adquirirá los derechos y obligaciones correspondientes a dicha unidad económica, recibiendo a cambio ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U. (accionista único de la Sociedad Escindida) la totalidad de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria.

Igualmente ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U., por acuerdo unánime de su Consejo de Administración adoptado el 30 de junio de 2017, ha aprobado la escisión parcial antes citada; no obstante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la LME, la citada aprobación de la escisión queda sujeta a que en el plazo de 15 días desde la publicación del proyecto por cada una de las sociedades participantes en la operación, no haya accionistas representativos de al menos el uno por ciento de su capital social, que exijan la celebración de una junta general, en cuyo caso la misma sería convocada para su celebración dentro de los dos meses siguientes a la recepción del correspondiente requerimiento de los accionistas para debatir sobre este asunto.

La escisión parcial no implica la extinción de la Sociedad Escindida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 70 de la LME. No es necesario realizar aumento de capital en la Sociedad Beneficiaria de la escisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.3º de la LME; asimismo no existe reducción de capital en el accionista único de la Sociedad Escindida, dado que el mismo recibirá la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de la Escisión.

El acuerdo de escisión ha sido adoptado tomando como base el balance de la Sociedad Escindida cerrado a 31 de mayo de 2017. El Proyecto de Escisión ha sido suscrito, con fecha 30 de junio de 2017, por todos los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida y del Consejo de Administración de ASISA, ASISTENCIA SANITARIA INTERPROVINCIAL DE SEGUROS, S.A.U., accionista único de la Sociedad Escindida, no habiéndose emitido informe de los administradores ni de los expertos independientes respecto de dicho Proyecto de Escisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 39.1 de la LME.

Por último, de conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores y, en su caso, obligacionistas, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio.

Madrid, 30 de junio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de Asisa Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, S.A.U. y de Asisa Servicios Integrales de Salud, S.A.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid