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Documento BORME-C-2017-648

MANUEL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 750 a 751 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-648

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Manuel Salvador, Sociedad Anónima (la "Sociedad"), en su reunión de 16 de diciembre de 2016, ha acordado aumentar su capital social con arreglo a los términos y condiciones básicas que se detallan a continuación:

Importe y acciones emitidas: El capital social se aumenta en 200.137,03 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 3.330 acciones nuevas, de 60,10121 euros de valor nominal cada una. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal, sin prima de emisión.

Las nuevas acciones son acciones ordinarias de la Sociedad y otorgarán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las que se encuentran actualmente en circulación.

En el caso de que el aumento de capital no fuera íntegramente suscrito, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

Derecho de Suscripción Preferente: Tendrán derecho de suscripción preferente los accionistas que figuren inscritos en los registros de accionistas el día de inicio del Período de Suscripción Preferente. Dicho periodo se iniciará el día siguiente al de la fecha de publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), y durará un (1) mes (el "Periodo de Suscripción Preferente").

Para ejercer los derechos de suscripción preferente, los accionistas deberán dirigirse a la Sociedad, indicando su voluntad de ejercitarlos. El ejercicio de dicho derecho de suscripción preferente deberá ser recibido de forma fehaciente en el domicilio social de la Sociedad, a más tardar, dentro de los dos (2) días siguientes al de la finalización del Período de Suscripción Preferente.

Periodo de Asignación Adicional: En el supuesto de que quedaran acciones nuevas sobrantes tras el Período de Suscripción Preferente, éstas serán ofrecidas por el órgano de administración a los accionistas que hubieran ejercitado el derecho de suscripción preferente, pudiendo éstos ejercitar este derecho también sobre las acciones no suscritas, dentro de un plazo adicional de quince (15) días, contado desde la conclusión del Período de Suscripción Preferente ("Período de Asignación Adicional").

Si hubiera varios socios interesados en asumir las acciones ofrecidas en este período, éstas se adjudicarán en proporción a las acciones de las que sean titulares con anterioridad (incluidas las que hubiera asumido en el Período de Suscripción Preferente). Si como consecuencia de tal prorrateo quedare alguna acción sin asignar, se adjudicarán éstas al socio que posea mayor cuota en el capital social, y si hubiese más de uno con igual máxima cuota, se adjudicarán entre ellos al azar.

Al efecto de que los accionistas puedan ejercitar su derecho de asignación adicional, el órgano de administración comunicará a los accionistas que hayan ejercitado su derecho de suscripción preferente la existencia de acciones sobrantes, debiendo ser recibido el ejercicio de dicho derecho de asignación adicional de forma fehaciente en el domicilio social de la Sociedad, a más tardar, dentro de los dos (2) días siguientes al de la finalización del Período de Asignación Adicional.

Desembolso: El aumento de capital será desembolsado con cargo a aportaciones dinerarias. El desembolso de las acciones suscritas en el Período de Suscripción Preferente se hará efectivo en el mismo momento de la suscripción de las mismas, mediante ingreso o transferencia en la siguiente cuenta corriente abierta a nombre de la Sociedad: ES48 2100 1793 2102 0013 9441.

Para suscribir válidamente acciones será requisito indispensable remitir junto con la notificación fehaciente de suscripción, el justificante de desembolso de las acciones suscritas.

El desembolso de cada acción suscrita en el Período de Asignación Adicional se hará efectivo en la señalada cuenta corriente, dentro de los dos (2) días siguientes a aquel en el que la Sociedad comunique al socio las acciones que le hubieran sido adjudicadas en este período. El justificante de desembolso de dichas acciones se enviará asimismo a la Sociedad al día siguiente al de su desembolso.

Madrid, 3 de enero de 2017.- El Administrador Único, Galerías de Parques Reunidos, Sociedad Limitada representada por Don Santiago Beltrán Fidalgo.

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