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Documento BORME-C-2017-6991

CAVAS DEL CASTILLO DE PERELADA, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
CAVAS DEL AMPURDAN, S.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN YA EXISTENTE Y SOCIEDAD ABSORBENTE A SU VEZ)
OLIVELLA FERRARI, S.A.
INVERAMA, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 8126 a 8127 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-6991

TEXTO

El accionista único de "CAVAS DEL CASTILLO DE PERELADA, S.A." (Unipersonal) (Sociedad escindida parcialmente), ejerciendo sus funciones de Junta General y la Junta General de accionistas de "CAVAS DEL AMPURDAN, S.A." (Sociedad beneficiaria de la Escisión ya existente) celebradas, ambas, el día 13 de julio de 2017, en su domicilio social, acordaron, por unanimidad, la escisión parcial de la Compañía "CAVAS DEL CASTILLO DE PERELADA, S.A." (Unipersonal) mediante la segregación de parte del patrimonio de la sociedad escindida parcialmente, consistente en la participación mayoritaria que ostenta la Sociedad escindida parcialmente en el capital social de "OLIVELLA FERRARI, S.A." (la cual representa el 50,35% del total capital social) "J. DONADEU, S.A." (la cual representa el 100% del total capital social), "PERELADA COMERCIAL, S.A." (la cual representa el 50,50% del total capital social) y "CASA GRAN DEL SIURANA, S.L." (la cual representa el 74,66% del total capital social), con la correspondiente reducción de su capital social por importe de 2.044.800 euros, mediante la amortización de 34.080 acciones al portador, números 1 a 34.080, ambas inclusive de 60 euros de valor nominal, con la correspondiente modificación de su artículo 5.º de los Estatutos sociales, pasando dicha parte de su patrimonio social a integrarse en la compañía beneficiaria de la escisión ya existente "CAVAS DEL AMPURDAN, S.A.". Tras la reducción de capital social, el capital social pasará a ser de 21.415.320 euros.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente: a) el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad que se escinde parcialmente y de la Sociedad Beneficiaria de la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, en el domicilio de la sociedad escindida y sociedad beneficiaria b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de la Sociedad que se escinde y de la sociedad beneficiaria durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 43 de la Ley de modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en unidad de acto, la Junta General Extraordinaria de accionistas de fecha 13 de julio de 2017 de "CAVAS DEL AMPURDAN, S.A." (Sociedad absorbente), que aprobó la mencionada Escisión, en el mismo acto de aprobación de la escisión descrita, acordó por unanimidad), su fusión mediante la absorción por CAVAS DEL AMPURDAN, S.A. (Sociedad absorbente) de "OLIVELLA FERRARI, S.A." e "INVERAMA, S.L." (Sociedades absorbidas que se extinguirán con motivo de la Fusión). De conformidad con lo que dispone el artículo 418, apartado primero, del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad absorbente, adoptará como denominación, la denominación social de la sociedad absorbida "INVERAMA, S.L.".

Asiste a los señores socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la Fusión, el derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y Balances de fusión y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la Fusión, el de oposición a la fusión, en los términos del artículo 44 de la citada Ley.

Barcelona, 13 de julio de 2017.- Javier Suque Mateu, representante persona física de Cavas del Ampurdan, S.A., Administrador único de la sociedad "Cavas del Castillo de Perelada, S.A.U.. (Sociedad escindida parcialmente), Javier Suque Mateu y María Dolores Barzano Abad, Presidente y Secretario no consejero respectivamente de las sociedades "Cavas del Ampurdan, S.A." (Sociedad Beneficiaria de la escisión y sociedad absorbente), Olivella Ferrari, S.A. e Inverama, S.L. (Sociedades absorbidas).

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