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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedad Mercantiles ("LME"), se hace público que tanto el socio único de la sociedad North Ibérica Systems, S. L. como el socio único de la sociedad The Clipy Company, S.L., acordaron realizar, el día 13 de julio de 2017, conforme se recoge en acta de decisión de socio único de dicha fecha, y de acuerdo con el proyecto de fusión de 16 de junio de 2017, la fusión por absorción de la Sociedad The Clipy Company, S.L. por la sociedad North Ibérica Systems, S.L. con la extinción de The Clipy Company, S.L. y traspaso en bloque de todo su patrimonio a la absorbente North Ibérica Systems, S.L. que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la sociedad extinguida, todo ello según lo dispuesto en el artículo 22 de la LME, sin realizar ampliación de capital dado que North Ibérica Systems, S.L. está totalmente participada por The Clipy Company, S.L.
De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Madrid, 25 de julio de 2017.- El Administrador único de The Clipy Company, S.L. y North Ibérica Systems, S.L., Carlos Mauricio Jiménez Criado.
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