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De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de FALAGAL INMUEBLES, S.L.U. (Sociedad Parcialmente Escindida) aprobó, con fecha 19 de julio de 2017, la escisión parcial de una parte de su patrimonio que forma una unidad económica, concretamente la actividad agrícola, que traspasa en bloque a la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación ABELLARS FRUITS, S.L.U., la cual quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones del patrimonio que, como una unidad económica, le traspasa en bloque y por sucesión universal la Sociedad Parcialmente Escindida.
Se hace constar, conforme al artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de las decisiones tomadas y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Mogente (Valencia), 19 de julio de 2017.- Don Carlos Laso Galbis, administrador único de Falagal Inmuebles, S.L.U.
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