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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que con fecha 30 de junio de 2017 los socios de las entidades Alternativa Comercial Farmacéutica, S.A., Unipersonal y Compañía Farmacéutica de las Islas Baleares, S.L., Unipersonal, han acordado unánimemente la fusión de las dos compañías mediante la absorción de Compañía Farmacéutica de las Islas Baleares, S.L. Unipersonal, por parte de Alternativa Comercial Farmacéutica, S.A. Unipersonal, en virtud de la modalidad especial prevista en los artículos 42 y 49 de la mencionada Ley.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en el proceso de fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados aprobando la fusión y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la fusión dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de acuerdo de fusión.
Madrid, 21 de julio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de las entidades Alternativa Comercial Farmacéutica, S.A. Unipersonal y Compañía Farmacéutica de las Islas Baleares, S.L. Unipersonal, D. José Luis Marcelles Ramírez.
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