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Anuncio de fusión por absorción.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que los Socios Únicos de:
(i) Entidad Auditora de Riesgos Laborales, S.L.U.; Unipresalud Servicios, S.L.U.; Unipresalud Consultoría, S.L.U.; MC SPA Sociedad de Prevención, S.L.U.; Premap Seguridad y Salud, S.L.U.; Instituto de Ergonomía, S.L.U.; IDCQ Prevención De Riesgos Laborales, S.L.U.; y Fraterprevención, S.L.U. (en adelante, conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas"); y
(ii) Universal Prevención y Salud, Sociedad de Prevención, S.L.U. (en adelante, la "Sociedad Absorbente"),
han decidido y acordado, con fecha 30 de junio de 2017, la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente (esto es, por Universal Prevención y Salud, Sociedad de Prevención, S.L.U.) (la "Fusión"), en los términos previstos en el proyecto común de fusión, suscrito el 12 de junio de 2017 y depositado voluntariamente en los Registros Mercantiles de Madrid, Valencia, Santander, Barcelona y Zaragoza, con fechas 6 de julio de 2017 (en cuanto a Madrid), 4 de julio de 2017 (en cuanto a Valencia), 24 de julio de 2017 (en cuanto a Santander), 10 de julio de 2017 (en cuanto a Barcelona), 6 de julio de 2017 (en cuanto a Zaragoza).
La Fusión implica, entre otros aspectos, la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente (esto es, Universal Prevención y Salud, Sociedad de Prevención, S.L.U.) y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente (esto es, Universal Prevención y Salud, Sociedad de Prevención, S.L.U.) de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente (esto es, Universal Prevención y Salud, Sociedad de Prevención, S.L.U.) de oponerse a la Fusión en el plazo y los términos previstos en el artículo 44 LME.
Madrid, 2 de agosto de 2017.- D. Luís Iglesias Vázquez, (i) persona física representante de la entidad Marsan Ingenieros, S.L.U., administrador único de la sociedad Entidad Auditora de Riesgos Laborales, S.L.U.; (ii) persona física representante de la entidad Premap Seguridad y Salud, S.L.U., administrador único de la sociedad Instituto de Ergonomía, S.L.U.- D. Celso González García, secretario no consejero de (i) Universal Prevención y Salud, Sociedad de Prevención, S.L.U.; (ii) MC SPA Sociedad De Prevención, S.L.U.; y (iii) Premap Seguridad y Salud, S.L.U.- D. Juan-Carlos González Acebes, administrador único de IDCQ Prevención de riesgos Laborales, S.L.U.- D. Fernando Camino Maculet, administrador mancomunado de Fraterprevención, S.L.U.-Doña Natalia Martínez García, administradora mancomunada de Fraterprevención, S.L.U.- D. Ricard Sayos Suasi, (i) administrador solidario de Unipresalud Servicios, S.L.U.; y (ii) administrador único de Unipresalud Consultoría, S.L.U.- D. Pedro Velarde González-Torre, administrador solidario de Unipresalud Servicios, S.L.U.-.
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