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Documento BORME-C-2017-7376

EDP RENOVABLES ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NEO ENERGÍA ARAGÓN, S.L.U.,
PARC EÒLIC COLL DE LA GARGANTA, S.L.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS DE GALICIA, S.A.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS DE TARIFA, S.A.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS DE CORME, S.A.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS BUENAVISTA, S.A.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS DE LUGO, S.A.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS RABOSERA, S.A.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS ALMARCHAL, S.A.U.,
EÓLICA MUXÍA, S.L.U.,
EDP RENOVÁVEIS CANTABRIA, S.L.U.,
PARQUES EÓLICOS DEL CANTÁBRICO, S.A.U.,
ENERGÍAS EÓLICAS DE LA MANCHUELA, S.L.U.,
PARQUE EÓLICO BELCHITE, S.L.U.,
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES IDER, S.L.U.,
EÓLICA GARCIMUÑOZ, S.L.U.,
MOLINO DE CARAGÜEYES, S.L.U.,
COMPAÑÍA EÓLICA CAMPO DE BORJA, S.A.U.,
DESARROLLOS CATALANES DEL VIENTO, S.L.U.,
PARQUES DE GENERACIÓN EÓLICA, S.L.U.,
DESARROLLOS EÓLICOS DUMBRÍA, S.A.U.,
EÓLICA GUADALTEBA, S.L.U.,
EDPR YIELD SPAIN SERVICES, S.L.U.,
EÓLICA CURISCAO PUMAR, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 8565 a 8566 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7376

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 7 de agosto de 2017, el socio único de EDP Renovables España, S.L.U. ("EDP Renovables España" o la "Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión por absorción entre EDP Renovables España (Sociedad Absorbente) y Neo Energía Aragón, S.L.U.; Parc Eòlic Coll de la Garganta, S.L.U.; Desarrollos Eólicos de Galicia, S.A.U.; Desarrollos Eólicos de Tarifa, S.A.U.; Desarrollos Eólicos de Corme, S.A.U.; Desarrollos Eólicos Buenavista, S.A.U., Desarrollos Eólicos de Lugo, S.A.U.; Desarrollos Eólicos Rabosera, S.A.U.; Desarrollos Eólicos Almarchal, S.A.U.; Eólica Muxía, S.L.U.; EDP Renováveis Cantabria, S.L.U.; Parques Eólicos del Cantábrico, S.A.U.; Energías Eólicas de la Manchuela, S.L.U.; Parque Eólico Belchite, S.L.U.; Investigación y Desarrollo de Energías Renovables IDER, S.L.U.; Eólica Garcimuñoz, S.L.U.; Molino de Caragüeyes, S.L.U.; Compañía Eólica Campo de Borja, S.A.U.; Desarrollos Catalanes del Viento, S.L.U.; Parques de Generación Eólica, S.L.U.; Desarrollos Eólicos Dumbría, S.A.U.; Eólica Guadalteba, S.L.U.; EDPR Yield Spain Services, S.L.U.; Eólica Curiscao Pumar, S.A.U. (las "Sociedades Absorbidas"), con extinción, vía disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque, a título universal, de sus respectivos patrimonios sociales a la Sociedad Absorbente que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas (la "Fusión").

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los miembros de los órganos de administración de las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente el día 28 de junio de 2017.

Toda vez que las Sociedades Absorbidas se hallan participadas íntegramente y de forma directa por la Sociedad Absorbente, esto es, por EDP Renovables España, S.L.U., resulta de aplicación el régimen simplificado contemplado en el artículo 49 de la LME. En consecuencia, no resulta necesaria para esta Fusión la inclusión en el proyecto común de fusión de (i) las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME; (ii) los informes de administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión; (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente; y (iv) la aprobación de la fusión por el accionista y socio único de las sociedades absorbidas. Adicionalmente, conforme al artículo 42 de la LME, tampoco ha sido necesario publicar o depositar los documentos exigidos por la ley previamente a la adopción de las decisiones de fusión.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste al accionista y socio único común de las Sociedades Absorbidas y al socio único de la Sociedad Absorbente así como a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la Fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

Oviedo, 7 de agosto de 2017.- Rocío Sicre Rosal, representante persona física de EDP Renewables Europe, S.L.U. en su condición de administrador único de EDP Renovables España, S.L.U. y Eólica Garcimuñoz, S.L.U. Rocío Sicre Rosal y Javier Rivera Vizcarrondo, representantes personas físicas de EDP Renewables Europe, S.L.U. y EDP Renovables España, S.L.U., respectivamente, en su condición de administradores solidarios de Neo Energía Aragón, S.L.U., Desarrollos Eólicos de Galicia, S.A.U., Desarrollos Eólicos de Tarifa, S.A.U., Desarrollos Eólicos de Corme, S.A.U., Desarrollos Eólicos Buenavista, S.A.U., Desarrollos Eólicos de Lugo, S.A.U., Desarrollos Eólicos Almarchal, S.A.U., Parques Eólicos del Cantábrico, S.A.U., Energías Eólicas de la Manchuela, S.L.U., Parque Eólico Belchite, S.L.U., Desarrollos Eólicos Dumbría, S.A.U., Eólica Guadalteba, S.L.U. y Eólica Curiscao Pumar, S.A.U. Rocío Sicre Rosal, representante persona física de EDP Renovables España, S.L.U. en su condición de administrador único de Eólica Muxía, S.L.U., Investigación y Desarrollo de Energías Renovables IDER, S.L.U., Desarrollos Catalanes Del Viento, S.L.U., y Parques de Generación Eólica, S.L.U. Dña. Rocío Sicre Rosal y D. Damián Óscar Rodríguez Prado, representantes personas físicas de EDP Renewables Europe, S.L.U. y EDP Renovables España, S.L.U., respectivamente, en su condición de administradores solidarios de Parc Eòlic Coll de la Garganta, S.L.U., Desarrollos Eólicos Rabosera, S.A.U., Molino de Caragüeyes, S.L.U. y Compañía Eólica Campo de Borja, S.A.U. Javier López Lahera, secretario del consejo de administración de EDP Renováveis Cantabria, S.L.U. Miguel Vega Fernández, Administrador único de EDPR Yield Spain Services, S.L.U.

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