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Documento BORME-C-2017-7504

ZUMA SEC, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PALERMO E IKER ASOCIADOS, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 157, páginas 8707 a 8707 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7504

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que los socios únicos de ZUMA SEC, S.L.U., y de PALERMO E IKER ASOCIADOS, S.L.U., en fecha de 29 de julio de 2017, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de PALERMO E IKER ASOCIADOS, S.L.U., que se disuelve sin liquidación, por ZUMA SEC, S.L.U., que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión se realiza tomando como Balances de fusión los de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2016, aprobados por los mencionados socios únicos. Asimismo, se indica que la fusión se ha acordado conforme al Proyecto de Fusión elaborado por los respectivos Administradores únicos de las dos Sociedades, depositado en el Registro Mercantil en fecha de 11 de julio de 2017 e inscrito en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife al tomo 2982, folio 118, hoja TF-42841 (ZUMA SEC, S.L.U.) y al tomo 3273, folio 5, hoja TF-51708 (PALERMO E IKER ASOCIADOS, S.L.U.).

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII, de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

A efectos contables, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida, PALERMO E IKER ASOCIADOS, S.L.U., se considerarán realizadas por la absorbente, ZUMA SEC, S.L.U., será la del 1 de enero de 2017.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por los socios únicos de las Sociedades participantes en la fusión y de los respectivos balances de fusión.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponda en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Santa Cruz de Tenerife, 14 de agosto de 2017.- Doña Yaiza Sol Díaz Bacallado, Administradora única de Zuma Sec, S.L.U., y de Palermo e Iker Asociados, S.L.U.

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