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Anuncio de acuerdo de transformación de sociedad anónima en sociedad limitada.
En cumplimiento del artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y disposiciones concordantes, se hace público que los socios de la entidad ESBO49SV, S.A., aprobaron el día 30 de junio de 2017, en sesión celebrada con carácter de Junta General Extraordinaria y Universal, su transformación de sociedad anónima a sociedad limitada, girando en lo sucesivo bajo la denominación "ESBO49SV SL", todo ello en los términos contenidos en el citado acuerdo de Junta General.
Asimismo, se aprobó como Balance de Transformación el balance cerrado a 31 de diciembre de 2016, la sustitución de acciones por participaciones, la adjudicación de una participación por cada acción a los socios, y los nuevos Estatutos Sociales adecuados a su nueva forma social.
Como el acuerdo de transformación ha sido unánime, no procede aplicar el derecho de separación regulado en el artículo 15 de la Ley 3/2009, de 3 de abril. Asimismo, como en la sociedad transformada no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones que no puedan mantenerse después de la transformación, tampoco hay nadie legitimado para oponerse a la ejecución del acuerdo de transformación.
Soria, 29 de julio de 2017.- Administrador Único, Pedro Javier Escalada Borobio.
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