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Documento BORME-C-2017-7629

BESSER INVERSIONES, S.I.C.A.V., S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 168, páginas 8851 a 8851 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-7629

TEXTO

Cambio de objeto social

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 348 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y con objeto de posibilitar el ejercicio del derecho de separación contemplado en el artículo 346 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Besser Inversiones, SICAV, S.A., en reunión celebrada el día 18 de agosto de 2017, acordó por unanimidad modificar el objeto social de la Compañía dando una nueva redacción al artículo 2.º de los Estatutos Sociales con el siguiente tenor literal:

"Artículo 2.º La Sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia de las siguientes actividades sociales:

a) La toma de participaciones, directa o indirectamente, en el capital de entidades mercantiles de cualquier tipo, con la finalidad de administrar, dirigir y gestionar dichas participaciones disponiendo, a tal fin, de la correspondiente organización de medios personales y materiales.

b) La prestación de servicios de apoyo a la gestión, dirección, coordinación, administración y asesoría, a favor de otras empresas o entidades mercantiles en las que posea o no una participación directa o indirecta.

c) La prestación de servicios inmobiliarios, adquisición y transmisión de inmuebles por cualquier título, urbanización, construcción, promoción y venta de terrenos rústicos y urbanos, edificaciones de cualquier clase, rehabilitación y arrendamiento de inmuebles, con la correspondiente organización de medios materiales y personales.

En todo caso, las actividades relacionadas en los apartados precedentes, se entenderán realizables tanto en España como en el extranjero y podrán ser desarrolladas a través de otras sociedades en las que la sociedad participe.

Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio las leyes exijan requisitos especiales que no queden cumplidos por la sociedad."

Madrid, 28 de agosto de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración, Juan Manuel Tortosa Royo.

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