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Documento BORME-C-2017-7835

PALMER 1956, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD TOTALMENTE ESCINDIDA)
PALMER 1956, SOCIEDAD LIMITADA
PALMER SEBASTIAN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 9083 a 9083 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7835

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 y 44, por remisión de artículo 69 de la Ley de 3/2009 ( en adelante "LMESM"), se hace público que el día 21 de agosto 2017, los socios por Junta Extraordinaria y Universal de la sociedad "PALMER 1956, SOCIEDAD LIMITADA" acordaron por unanimidad la ESCISIÓN TOTAL de "PALMER 1956, SOCIEDAD LIMITADA", con disolución de ésta sin liquidación y división de su patrimonio en dos partes ( rama de actividad), siendo beneficiarias, la sociedad de nueva creación PALMER 1956, SOCIEDAD LIMITADA, y la sociedad de nueva creación PALMER SEBASTIÁN, SOCIEDAD LIMITADA; siendo la relación de canje de 1x1 procediéndose a la separación de patrimonio por rama de actividad y de socios, todo ello en los términos establecidos en el proyecto de escisión formulado por el órgano de administración de la sociedad escindida.

La escisión total se ha realizado por procedimiento abreviado en los términos previstos en la LMESM.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la LMESM, por remisión del artículo 73, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión total de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de escisión; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión total en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión.

Palma de Mallorca, 21 de agosto de 2017.- Administradores Solidarios de Palmer 1956, Sociedad Limitada, Sebastián Palmer Pujol y Mateo Balaguer Bernal.

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