Contido non dispoñible en galego
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la Junta General de Socios de Aclis Consultoría, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente), celebrada con fecha 1 de octubre de 2017, y las Juntas Generales de Socios de Desarrollo Corporativo Funerario, Sociedad Limitada y Cementiris de Catalunya, Sociedad Limitada (Sociedades Absorbidas), celebradas con fecha 1 y 2 de octubre de 2017, respectivamente, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedades Absorbidas, la fusión por absorción de la segunda y tercera por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 28 de junio de 2017, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2016. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de las Sociedades Absorbidas y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.
Madrid, 4 de octubre de 2017.- Administrador. Alfonso Pedro Izard Rodríguez.
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