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En cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace publico que en fecha 12 de septiembre de 2017 las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las sociedades "Suministros Eléctricos Badalona, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente) y "Suelba Sabadell, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida), acordaron por unanimidad la Fusión por Absorción de "Suelba Sabadell, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbida) por parte de "Suministros Eléctricos Badalona, Sociedad Limitada" (Sociedad Absorbente), con extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones a la Sociedad Absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión gemelar suscrito el 31 de agosto de 2017 por los Órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.
La fusión tiene carácter de gemelar por cuanto la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida se encuentran íntegramente participadas de forma directa por los mismos socios y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada Ley, aplicable por remisión del artículo 52.1 de la misma, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión gemelar ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la citada Ley.
Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 30 de junio de 2017 y las operaciones de la Sociedad Absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2018.
No se producirá como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el Proyecto de Fusión, así como los respectivos balances de fusión en el domicio social de las mismas. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de su derecho a oponerse a la misma en el plazo y términos previstos en el artículo 44 de la L.M.E.
Badalona y Sabadell, 15 de septiembre de 2017.- El Administrador solidario de las Sociedades Suministros Eléctricos Badalona, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y Suelba Sabadell, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbida), Juan Antonio Masagué Salvador.
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