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Documento BORME-C-2017-8359

AUDATEX ESPAÑA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SINEXIA CORPORACIÓN TECNOLÓGICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 197, páginas 9683 a 9683 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8359

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de accionistas de la compañía "Audatex España, S.A." y el Socio Único de la sociedad "Sinexia Corporación Tecnológica, S.A. Unipersonal", en decisión adoptada el mismo 29 de septiembre de 2017, han acordado la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito el 29 de septiembre de 2017 por los Consejos de Administración de ambas compañías, que fue aprobado por la Junta General de accionistas y por el socio único en ejercicio de las competencias de Junta General de accionistas, respectivamente, de ambas entidades.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 31 de marzo de 2017 de dichas sociedades, también aprobados por ambas compañías. Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 29 de septiembre de 2017.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil "Sinexia Corporación Tecnológica, S.A. Unipersonal", está íntegramente participada por la sociedad absorbente, "Audatex España, S.A." y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009 ya mencionada, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión y a los acreedores de cada una de ellas su derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009.

Alcobendas, 4 de octubre de 2017.- El Secretario de los Consejos de Administración de "Audatex España, S.A." (sociedad absorbente) y de "Sinexia Corporación Tecnológica, S.A. Unipersonal" (sociedad absorbida), Juan Antonio Montoya Leal.

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