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Documento BORME-C-2017-8613

TURINA 2000, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DAIMA GLOBAL, S.L. UNIPERSONAL
DAIMA ENERGÉTICA, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 9971 a 9971 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8613

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de Socios de TURINA 2000, S.L. (Sociedad Absorbente) y los socios únicos de DAIMA GLOBAL, S.L. UNIPERSONAL Y DAIMA ENERGÉTICA, S.L. UNIPERSONAL (Sociedades Absorbidas), han decidido en fecha 16 de octubre de 2017, la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de las compañías, cerrados a 30 de septiembre de 2017.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art.49de la LME, de conformidad con lo establecido en el art. 52 de la misma ley.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Vitoria-Gasteiz, 23 de octubre de 2017.- El Presidente del Consejo de la Sociedad Absorbente TURINA 2000, S.L. y de la Sociedad Absorbida DAIMA GLOBAL, S.L. Unipersonal y el Administrador Solidario de la Sociedad Absorbida DAIMA ENERGÉTICA, S.L. Unipersonal.

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