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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el día 9 de noviembre de 2017, el Socio Único de la mercantil "Eguía Gestión,sociedad limitada unipersonal" acordó, en los términos establecidos en el Proyecto común de fusión, la fusión por absorción de la sociedad "Agrogestión Castilla y León, sociedad limitada unipersonal" (la "Sociedad Absorbida") por parte de la sociedad "Eguía Gestión, sociedad limitada unipersonal" (la "Sociedad Absorbente"), la cual adquirirá por sucesión universal el patrimonio de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, sin que proceda aumento de capital social de la Sociedad Absorbente, ni sea necesaria la aprobación de la fusión por la Sociedad Absorbida, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 por remisión del artículo 52 de la LME, ya que las sociedades participantes en la fusión se hallan íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Valladolid, 9 de noviembre de 2017.- Don Félix Eguía Domínguez, Administrador Único de las sociedades "Eguía Gestión, sociedad limitada unipersonal" y "Agrogestión Castilla y León, sociedad limitada unipersonal".
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