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Documento BORME-C-2017-9192

AGRINSUR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMPLEJO ATALAYA ALTA, S.L.
EXPOMAQUINARIA DEL SUR, S.L.
AGROMEDITERRANEO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 10612 a 10612 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9192

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (LME) se hace público que el día 30 de octubre de 2017, los socios de Agrinsur, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Complejo Atalaya Alta, S.L., Expomaquinaria del Sur, S.L. y Agromediterraneo, S.L. (Sociedades absorbidas), todas ella intervinientes en la fusión, en ejercicio de sus competencias, han aprobado la fusión por absorción de las segundas por parte de la primera en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión suscrito con fecha 29 de junio de 2017 por todos los miembros de los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de las Sociedades Absorbidas y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Se ha utilizado como balances de fusión el cerrado por la Sociedad Absorbente el 31 de diciembre de 2016 y el cerrado por las sociedades absorbidas el 31 de diciembre de 2016.

En la medida que las Sociedades a fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general de socios con la asistencia de todos ellos por unanimidad, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a Fusionar, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Sevilla, 30 de octubre de 2017.- El Administrador Único de todas las sociedades intervinientes en la fusión, Antonio Mateo de Zúñiga.

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