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Documento BORME-C-2017-9197

FONYOU TELECOM, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MISTERFONE, S.À.R.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 10617 a 10618 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9197

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el proyecto común de fusión transfronteriza de "Fonyou Telecom, S.L." (Sociedad absorbente y de nacionalidad española) y "Misterfone, S.À.R.L" (Sociedad absorbida y de nacionalidad luxemburguesa), y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona y en el Registro de Comercio de Empresas de Luxemburgo.

La fusión supondrá el traspaso en bloque a la sociedad absorbente de todo el patrimonio de la sociedad absorbida, con extinción de esta última.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada. En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión: (i) La inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª y 6.ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, aunque se incluyeron (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente. Por otra parte, será de aplicación a la operación el régimen previsto en los artículos 54 y siguientes de la Ley 3/2009, relativo a las fusiones transfronterizas comunitarias.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.1 y 66.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que corresponde a los socios de la sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, a examinar en los respectivos domicilios sociales, el texto íntegro del proyecto común de fusión, los informes de los órganos de administración de las sociedades que se fusionan y las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios de ambas sociedades. Dichos documentos, junto con los estatutos sociales vigentes y la información sobre la identidad de los administradores de las sociedades conforme preceptúa el artículo 39 de la referida ley, han sido puestos a disposición de las personas identificadas en este artículo. No se ha elaborado informe de experto independiente a tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que los socios que representen al menos el uno por ciento del capital social de "Fonyou Telecom, S.L.", tendrán derecho a exigir, dentro de los quince días siguientes a la publicación de este anuncio, la celebración de la Junta General de Socios para aprobar la fusión.

Se hace constar que, de no producirse oposición de acreedores ni solicitud de convocatoria de Junta, se ha previsto formalizar la presente fusión por absorción mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública, a finales del próximo mes de diciembre.

Barcelona y Luxemburgo, 30 de octubre de 2017.- El Consejo de Administración de "Fonyou Telecom, S.L.", el Presidente y Consejero Delegado, Fernando Javier Nuñez Mendoza, y los Consejeros, Albrecht von der Recke, Clemens Rossberg, Jordi Puig i Torras y José Luis Holgado Peñalba, y Kay Peter Hofmann representando al Consejero Beerinvest Ag. El Administrador único de "Misterfone, S.À.R.L.", Clemens Rossberg.

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