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Se hace público que los respectivos Socios Únicos de las citadas Sociedades, en el ejercicio de las competencias de Juntas Generales de Socios, han decido, en fecha 15 de noviembre de 2017, la escisión por segregación, y por tanto sin extinción, de la Sociedad INTRACON IT SERVICES, S.L.U., mediante la segregación y traspaso de su patrimonio afecto a la actividad de prestación de servicios de consultoría de Recursos Humanos y definición de estrategias y políticas empresariales, y sus actividades accesorias, a favor de la sociedad INTRACON CONSULTING, S.L.U., y por tanto traspasando en bloque todos los activos y, en su caso, pasivos y personal respectivos, que forman una unidad económica autónoma, a la sociedad beneficiaria INTRACON CONSULTING, S.L.U., quien asumirá y se subrogará en todos los bienes, derechos, obligaciones, acciones y contratos que integran el conjunto patrimonial que se pretende segregar y escindir.
Se hace constar el derecho que asiste a socios y acreedores de dichas Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión, así como a los acreedores el de oposición establecido en los artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, en los términos del artículo 44 de la misma Ley.
Sant Cugat del Vallés (Barcelona), 15 de noviembre de 2017.- La Administradora Única de las Sociedades, D.ª Carolina Bernal Grau.
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