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Documento BORME-C-2017-9442

TALLER DE EDIFICACIÓN Y PLANEAMIENTO A CUATRO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOC INTER, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 10909 a 10909 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9442

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME") se hace público que la Junta General Universal Extraordinaria de Socios de la sociedad Taller de Edificación y Planeamiento a Cuatro, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 21 de noviembre de 2017, y la Junta General Universal y Extraordinaria de Socios de la sociedad Soc Inter, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 21 de noviembre de 2017, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades Fusionadas"), respectivamente, la fusión por absorción de las mismas en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por sus Administradores Únicos.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones sociales de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de ésta última. La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de la LME. La fusión se acordó sobre la base del proyecto común de fusión suscrito por el órgano de administración de las Sociedades Fusionadas. Por tanto, se hace constar que, de conformidad con el mencionado artículo 42 de la LME, no es preceptivo su depósito previo en el Registro Mercantil, ni la elaboración del Informe de Administradores sobre el proyecto común de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedades Fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedades Fusionadas de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

En Madrid, 21 de noviembre de 2017.- Administrador Único de "Soc Inter, S.L.", doña Ana Rizzo Díaz. Administrador Único de "Taller de Edificación y Planeamiento a Cuatro, S.L.", doña María del Rosario Rizzo Díaz.

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