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Documento BORME-C-2017-9869

ARCANO PARTNERS FUND, FI, CLASE P
(FONDO ABSORBENTE)
JUNO INVERSIONES 2014, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 234, páginas 11377 a 11377 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9869

TEXTO

Anuncio de Fusión

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Mmodificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 28 de noviembre de 2017, las entidades Gestora Arcano Capital, SGIIC, S.A., y Depositaria BNP Paribas Securities Services, Sucursal en España del Fondo Arcano Partners Fund, FI, clase P, así como la Junta General de Accionistas de la Sociedad Juno Inversiones 2014, SICAV, S.A., acordaron la fusión por absorción de Arcano Partners Fund, FI, clase P como fondo absorbente y Juno Inversiones 2014, SICAV, S.A., como sociedad absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión autorizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 15 de septiembre de 2017 y publicado en la página web corporativa de la Sociedad Gestora, Arcano Capital, SGIIC, S.A., (https://www.arcanopartners.com/gestion-de-activos/iicsgestionadas) en su condición de sociedad gestora del fondo beneficiario y de la sociedad absorbida respectivamente, desde el día 19 de septiembre de 2017.

La fusión fue autorizada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 15 de septiembre de 2017 y supondrá la absorción por Arcano Partners Fund, FI, clase P de la sociedad participante en la fusión, adquiriendo el referido Fondo, mediante la atribución de participaciones de éste a los accionistas de la sociedad absorbida, en bloque y a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que se disolverá sin liquidación.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las instituciones de inversión colectiva intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por la misma y del respectivo balance de fusión. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores de la Sociedad Absorbida y del Fondo Beneficiario podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, en el plazo de un mes a contar desde la última publicación del presente anuncio.

Madrid, 4 de diciembre de 2017.- El Consejero Delegado de Arcano Capital, SGIIC, S.A.

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