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Documento BORME-C-2017-9980

EDM RENTA VARIABLE INTERNACIONAL, FI
(FONDO ABSORBENTE)
LOTAMAR INVERSIONES SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 11507 a 11507 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9980

TEXTO

En cumplimiento con lo previsto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público que la entidad Gestora y Depositaria de EDM Renta Variable Internacional FI, EDM Gestión SA SGIIC y Banco Inversis, S.A. respectivamente, acordaron la fusión por absorción entre EDM Renta Variable Internacional, FI (como fondo absorbente) y Lotamar Inversiones SICAV, S.A. (como sociedad absorbida).

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Lotamar Inversiones SICAV SA, celebrada en segunda convocatoria el 12 de diciembre de 2017 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de la citada sociedad por EDM Renta Variable Internacional, FI, con disolución sin liquidación de la SICAV y transmisión por título de sucesión universal de la totalidad de su patrimonio, derechos y obligaciones al Fondo Absorbente, conforme a lo dispuesto en el Proyecto Común de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 13 de octubre de 2017 y publicado en la página web corporativa de la Sociedad Gestora, EDM Gestión SA SGIIC "www.edm.es" desde el día 6 de octubre de 2017.

La mencionada operación de fusión fue autorizada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 16 de octubre de 2017.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, partícipes y a los acreedores de cualquiera de las instituciones de inversión colectiva intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del respectivo balance de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las entidades participantes objeto de fusión y de su sociedad gestora, así como del derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, se hace constar que la ejecución de la fusión no se producirá hasta transcurridos al menos cuarenta días naturales desde la fecha de remisión de la carta a partícipes y accionistas, o bien, si fuese posterior, desde la última de las fechas de las publicaciones legales en el "Boletín Oficial del Estado" y en la página web corporativa de la Sociedad Gestora, EDM Gestión SA SGIIC "www.edm.es", sin perjuicio del cumplimiento de la sociedad absorbida de las obligaciones contenidas en la Ley sobre Modificaciones Estructurales. Asimismo, y dado que no existen comisiones de reembolso, los partícipes que lo deseen podrán rembolsar sus participaciones sin comisión ni gasto alguno, al valor liquidativo aplicable a la fecha de solicitud.

En Madrid, 14 de diciembre de 2017.- El Vicesecretario no consejero de Lotamar Inversiones SICAV, S.A., y el Secretario no consejero de EDM Gestión, S.A. SGIIC.

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