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Documento BORME-C-2017-9983

SIBELL QUALITY SNACKS ESPAGNE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CELIGÜETA, SOCIEDAD ANÓNIMA
CARTERA AGURAIN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 11510 a 11510 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9983

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, en fecha 5 de diciembre de 2017, el socio único de la Sociedad Absorbente, esto es, SIBELL QUALITY SNACKS ESPAGNE, S.L., decidió aprobar la fusión por absorción mediante la cual las Sociedades Absorbidas, CELIGUETA, S.A. y CARTERA AGURAIN, S.L., serán disueltas sin liquidación, mediante la transmisión en bloque de todo su patrimonio, junto con sus derechos y obligaciones, a título de sucesión universal, a la Sociedad Absorbente, SIBELL QUALITY SNACKS ESPAGNE, S.L.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por el órgano de administración de todas las sociedades con fecha 5 de diciembre de 2017, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49, al tratarse de fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa e indirectamente de todas las acciones y participaciones sociales en que se dividen respectivamente el capital de las Sociedades Absorbidas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales se hace constar que se han cumplido con los requisitos de universalidad y unanimidad en la adopción del acuerdo de fusión por el Socio Único, no habiendo sido necesario el depósito del Proyecto Común en el Registro Mercantil.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales.

Salvatierra (Álava), 5 de diciembre de 2017.- Charles Benkemoun, Administrador único.

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