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De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se comunica que la Junta general y universal de socios de Talleres Arjube, Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social el día 28 de febrero de 2018, ha acordado la escisión parcial, trasladando parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria Subajer, Sociedad Limitada.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a la totalidad de los socios y acreedores, para obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado y del balance de escisión, los cuales se encuentra a su disposición en el domicilio social.
Los acreedores de la sociedad escindente podrán oponerse a la escisión en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la Escisión parcial.
Revilla de Camargo, 6 de marzo de 2018.- Silvino Arce Rivas, Administrador mancomunado.-Valentín de Juana Robledo, Administrador mancomunado.
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