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Documento BORME-C-2018-1237

MANUEL MARTINEZ MOYANO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VARIS M ASSOCIATS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 56, páginas 1483 a 1483 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1237

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el día 20 de diciembre de 2017, la junta general de la mercantil VARIS M ASSOCIATS, S.L. (sociedad absorbida) y la junta general de la mercantil MANUEL MARTINEZ MOYANO, S.L. (sociedad absorbente), reunidas en juntas universales y extraordinarias, ambas sociedades intervinientes en la fusión, en ejercicio de sus competencias, han aprobado la fusión por absorción de la sociedad VARIS M ASSOCIATS, S.L. (absorbida) por la sociedad MANUEL MARTINEZ MOYANO, S.L. (Absorbente) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 15 de diciembre de 2017, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha 15 de diciembre de 2017, y la fusión se realiza por unanimidad de todos los socios de ambas sociedades. En consecuencia, resultando que los acuerdos de fusión se adoptaron en Junta universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Los estatutos de la sociedad absorbente quedan modificados exclusivamente en relación al artículo 7, que es el que hace referencia al aumento de capital, y que se amplía como consecuencia de la fusión proyectada, una vez se ejecute.

Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, de acuerdo con el artículo 44 LME.

Canovelles, 21 de diciembre de 2017.- El Secretario del Consejo de administración de la mercantil MANUEL MARTINEZ MOYANO, S.L., Manuel Martínez Moyano, con el visto bueno de la Presidenta, Beatriz Martínez García; y el Secretario del Consejo de Administración de la mercantil VARIS M. ASSOCIATS, S.L., Manuel Martínez Moyano, con el visto bueno del Presidente, Juan Martínez García.

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