Anuncio de Fusión
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo mayoritario de la Junta general universal de socios de VIÑA DE GAITANEJOS, S.L. (sociedad absorbente) celebrada el 14 de marzo de 2018 y así como mediante las decisiones adoptadas con fecha 14 de marzo de 2018 por el representante de dicha sociedad en su condición de socio único de PAGO DEL VICARIO SERVICIOS, S.L.U. (sociedad absorbida), se aprobó la fusión por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual VIÑA DE GAITANEJOS, S.L. absorbe la sociedad PAGO DEL VICARIO SERVICIOS, S.L.U. con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión.
La fusión ha sido aprobada por mayoría por la Junta universal de socios VIÑA DE GAITANEJOS, S.L. (sociedad absorbente) y por decisión unánime adoptada con fecha 14 de marzo de 2018 por el representante de dicha sociedad en su condición de socio único de PAGO DEL VICARIO SERVICIOS, S.L.U. (sociedad absorbida).
La fusión se aprueba de acuerdo con (i) las menciones recogidas en el proyecto de fusión, redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades participantes con fecha 20 de febrero de 2018, y (ii), los Balances de Fusión de dichas sociedades cerrados el 31 de diciembre de 2017, debidamente aprobados. El proyecto de fusión simplificada entre las compañías fue emitido y depositado en el Registro Mercantil de Ciudad Real el 20 de febrero de 2018, resultando el mismo inscrito con fecha 12 de marzo de 2018.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Ciudad Real, 15 de marzo de 2018.- Manuel Eugenio Roldán Núñez, en su condición de Administrador único de la sociedad absorbente y Ignacio Barco Camarena, en su condición de Administrador único de la sociedad absorbida.
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