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Con fecha 30 de marzo de 2018, el socio único de "Grúas Alhambra, S.L.U." (Sociedad Absorbente) y de "Tecnigrúas Sur, S.L.U." (Sociedad Absorbida) ha aprobado la operación de fusión por absorción en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por absorción, de fecha 29 de marzo de 2018, en virtud del cual, "Grúas Alhambra, S.L.U." (Sociedad Absorbente) absorbe a "Tecnigrúas Sur, S.L.U." (Sociedad Absorbida), la cual se extingue, transmitiendo su patrimonio social a favor de la absorbente, quien adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquélla.
Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME) los socios y acreedores de las sociedades absorbente y absorbida, tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y del balance de fusión de las mismas. Asimismo, a los acreedores les asiste el derecho de oposición, el cual, en su caso, deberá formularse, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos y condiciones previstos en el artículo 44 LME.
Teniendo en cuenta que las sociedades absorbente y absorbida son participadas íntegramente por el mismo socio único, la fusión será considerada como un supuesto asimilado a la fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas en los términos previstos en el artículo 52.1 LME, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales.
Granada, 31 de marzo de 2018.- El administrador único de "Grúas Alhambra, S.L.U.", Abraham Molina Ariza y el administrador único de "Tecnigrúas Sur, S.L.U.", Raúl Molina Ariza.
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