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Documento BORME-C-2018-1659

QUANTIS GLOBAL, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
EURONA WIRELESS TELECOM, S.A
(SOCIEDAD SEGREGADA)

Publicado en:
«BORME» núm. 68, páginas 2045 a 2046 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1659

TEXTO

Auncio Acuerdo de Segregación a publicar por Quantis Global, S.L.U.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME") por remisión del artículo 73.1 del mismo cuerpo legal, se hace público que la Junta General Extraordinaria de la sociedad QUANTIS GLOBAL, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), celebrada el 27 de marzo de 2018, con el carácter de universal, al asistir el socio único de dicha sociedad, esto es, la mercantil EURONA WIRELESS TELECOM, S.A., en su domicilio social, sito en C/ Marie Curie, 5, Rivas Vaciamadrid (28521) – Madrid, aprobó por unanimidad la segregación a su favor de la unidad económica autónoma titularidad de EURONA WIRELESS TELECOM, S.A., sociedad domiciliada en C/ Marie Curie, 5, Rivas Vaciamadrid (28521) – Madrid (la "Sociedad Segregada", y conjuntamente con la Sociedad Beneficiaria, las "Sociedades"), consistente en el suministro de acceso a internet a unos 11.000 clientes que se encuentran en zonas de ámbito rural, en territorio español, la cual es gestionada como una línea de negocio totalmente independiente en la Sociedad Segregada, está perfectamente diferenciada, constituye una unidad económica autónoma y se traspasa en bloque a la Sociedad Beneficiaria por sucesión universal de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones que la conforman, aumentando la Sociedad Beneficiaria su capital social con cargo los mismos en la cantidad de 5.133.098 euros, mediante la creación de 5.133.098 nuevas participaciones sociales, de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 149.132 a la 5.282.229, ambas inclusive, recibiendo la Sociedad Segregada la totalidad de las citadas participaciones, todo ello conforme el proyecto común de segregación, de fecha 29 de septiembre de 2017, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 7 de diciembre de 2017, habiendo sido publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 238 el 18 de diciembre de 2017.

A tal efecto, se informa de que se han tomado como balances de segregación de las Sociedades los cerrados a 30 de junio de 2017, los cuales han sido aprobados por las Juntas Generales de ambas Sociedades, que la segregación tendrá efectos contables desde el 1 de enero de 2018, que no existen clases de participaciones ni acciones, ni aportaciones de industria o prestaciones accesorias, ni derechos especiales distintos de las acciones en la Sociedad Segregada ni de las participaciones en la Sociedad Beneficiaria, ni se atribuyen ventajas a favor de los administradores de ninguna de dichas Sociedades, ni a los expertos independientes. Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las Sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación de las mismas, documentos que están a disposición de los interesados tanto en la página web corporativa de la Sociedad Segregada como en el domicilio social de las Sociedades. Los acreedores y, en su caso, los obligacionistas de las Sociedades tienen derecho a oponerse a la segregación en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de segregación, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME. Finalmente, se hace constar que se pusieron a disposición de los accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales y de los representantes de los trabajadores de las Sociedades todos los documentos e información preceptivos, de conformidad con lo señalado en el artículo 39 de la LME y demás disposiciones legales aplicables al efecto.

Madrid, 28 de marzo de 2018.- Fernando Ojeda González-Posada, Representante persona física de Eurona Wireless Telecom, S.A., Administradora única de Quantis Global S.L.U.

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