De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales delas Sociedades Mercantiles, se hace público que en las respectivas Juntas generales extraordinarias y universales celebradas el 16 de abril de 2018, se aprobó por unanimidad de todos los socios el acuerdo de fusión por absorción entre EUSKAL PIEL, S.A.U., como sociedad absorbente y PIELSAN, S.L.U., como sociedad absorbida, que se disolverá y sin liquidarse, transmitirá en bloque todos sus activos y pasivos a EUSKAL PIEL, S.A.U., quien le sucederá a título universal en todos sus derechos y obligaciones.
Se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes al examen en el domicilio social de la copia integra de los documentos de la fusión a que hace referencia el artículo 39 de la citada Ley 3/2009, así como a la entrega o envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos.
A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar que los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen el derecho de obtener el texto integro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la fusión.
Pamplona, 26 de abril de 2018.- El Administrador único de Euskal Piel, S.A.U. y el Administrador único de Pielsan, S.L.U.
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