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Documento BORME-C-2018-2477

CONSTRUCCIONES SARRIÓN, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
SARRIÓN CONCESIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 83, páginas 2999 a 2999 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-2477

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), por remisión del artículo 73, se hace público que la Junta General de Socios de "Construcciones Sarrión, S.L." (en adelante, la "Sociedad Escindida"), ejerciendo las facultades de la Junta General, aprobó con fecha 27 de abril de 2018 la escisión parcial de la Sociedad Escindida (en adelante, la "Escisión Parcial"), ajustándose la misma a los términos y condiciones del Proyecto Común de Escisión Parcial formulado por el Consejo de Administración en fecha 26 de abril de 2018.

En virtud de la Escisión Parcial, la Sociedad Escindida traspasa en bloque por sucesión universal, a favor de la sociedad de nueva creación "Sarrión Concesiones, S.L." (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria"), una parte de su patrimonio consistente en la unidad económica formada por su actividad de concesiones, con todos aquellos elementos personales y materiales que la integran, y el traspaso en bloque del patrimonio escindido, como sucesora universal y quedando subrogada en todas las relaciones jurídicas derivadas de dicho patrimonio. Como consecuencia de la Escisión Parcial, la Sociedad Escindida reduce su capital social mediante la amortización de 5.300.000 participaciones sociales, y los socios de la Sociedad Escindida reciben la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria en proporción a su respectiva participación en la Sociedad Escindida, las cuales son equivalentes al valor de la unidad económica objeto de traspaso sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia de la escisión. Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la LME, al haber sido aprobada la mencionada Escisión Parcial por unanimidad de todos los socios de las sociedades en Junta universal, no se requiere publicación ni depósito previo de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los Administradores sobre el proyecto de escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de los acreedores de la Sociedad Escindida a oponerse a la Escisión Parcial, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Toledo, 27 de abril de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración de "Construcciones Sarrión, S.L.", Gonzalo Clemente Pita.

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