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Documento BORME-C-2018-2927

INMUEBLES Y CONSTRUCCIONES VIZCAÍNAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 3505 a 3505 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-2927

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la junta general de accionistas de Inmuebles y Construcciones Vizcaínas, Sociedad Anónima, celebrada con el carácter de extraordinaria y universal, ha acordado por unanimidad, con fecha 17 de abril de 2018, reducir el capital social en la cifra de tres millones cuatrocientos mil dos euros con ochenta y cuatro céntimos (3.400.002,84 euros) mediante la amortización de 2.179.489 acciones para la devolución de aportaciones a los accionistas, restituyéndose a los mismos 1,56 euros por cada acción amortizada, y en concreto se amortizan las acciones número de la 2.628.493 a la 3.256.530, de la 3.310.836 a la 3.335.073, de la 5.549.790 a la 6.382.731, de la 6.506.861 a la 6.564.335, de la 6.736.087 a la 7.221.619, y de la 7.560.506 a la 7.711.768, todas ellas inclusive, procediendo a la devolución en metálico. Como consecuencia de la reducción, el capital social ha quedado fijado en la cifra de tres millones ochocientos veintiséis mil quinientos cuarenta y cinco euros con ochenta y cuatro céntimos (3.826.545,84 euros), representado por dos millones cuatrocientas cincuenta y dos mil novecientas catorce (2.452.914) acciones nominativas de 1,56 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 437.785 a la 2.628.492, de la 3.283.555 a la 3.310.835, de la 6.442.174 a la 6.506.860, y de la 7.390.268 a la 7.560.505, todas ellas inclusive.

Asimismo, como consecuencia de la reducción ha quedado modificado el artículo 6.º de los Estatutos Sociales, relativo al capital social y a las acciones que lo integran.

Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Bilbao, 4 de mayo de 2018.- Administrador Solidario, José María Sarria Oses.

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