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Documento BORME-C-2018-329

CENTRE COMERCIAL GIRONA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONSTRUCCIONS HORTES MERCADAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 16, páginas 378 a 378 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-329

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las sociedades CENTRE COMERCIAL GIRONA, SL, y CONSTRUCCIONS HORTES MERCADAL, SLU, en ejercicio de las facultades conferidas a la Junta General de Socios, adoptaron, por unanimidad, en las respectivas reuniones celebradas en fecha 16 de enero de 2018, la decisión de aprobar la fusión por absorción de CONSTRUCCIONS HORTES MERCADAL, SLU (sociedad absorbida) por parte de CENTRE COMERCIAL GIRONA, SL (sociedad absorbente), con la total transmisión del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de la sociedad absorbida, subrogándose la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación.

La fusión se lleva a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, según el proyecto de fusión suscrito el 15 de diciembre de 2017 y los respectivos Balances cerrados el 30 de septiembre de 2017.

Derecho de información y oposición: A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que los socios y los acreedores de las sociedades que se fusionan tienen el derecho a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada ley.

Barcelona, 17 de enero de 2018.- El Administrador solidario, Josep Álvarez Rubirola.

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