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En cumplimiento de los artículos 43.1 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que con fecha 20 de Abril de 2018 la Junta general de "CLASS RENT A CAR, SOCIEDAD LIMITADA" (C.I.F. número B-57320913) reunida con el carácter universal, aprobó por unanimidad el acuerdo de escisión total de "CLASS RENT A CAR, SOCIEDAD LIMITADA, mediante su disolución y división de su patrimonio en dos partes, una de las cuales se traspasará en bloque a la sociedad preexistente "CR NUEVA IBIZA PROPERTIES, S.L.", que modificará sus estatutos y ampliará su capital social mediante la aportación de los bienes inmuebles de la entidad disuelta, y la otra a la sociedad de nueva creación que se denominará "CLASS RENT A CAR, S.L."(sucesión en la denominación de la disuelta ex artículo 418.2 del vigente Reglamento del Registro Mercantil), la cual se constituirá en simultaneidad de acto y cuyos estatutos serán aprobados y su capital se integrará con el traspaso en bloque de la actividad principal de la entidad disuelta, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión Total depositado en el Registro Mercantil de Ibiza el 4 de Mayo de 2018.
Las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria y de la sociedad de nueva creación serán adjudicadas a cada uno de los socios de la Sociedad Escindida en proporción a su participación social de ésta.
Se hace constar que el balance de escisión, es el balance cerrado a fecha 31 de diciembre de 2017, ha sido depositado junto al Proyecto de Escisión Total el Registro Mercantil de Ibiza por decisión de la Junta si bien, hace constar que por aplicación del artículo 78 bis LME no ha sido preciso elaborar el informe de los Administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el informe de expertos independientes.
Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de "CLASS RENT A CAR, SOCIEDAD LIMITADA" y "CR NUEVA IBIZA PROPERTIES, S.L." de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, en los términos previstos en los art. 43 y 44 LME, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 LME.
Santa Eulalia del Rio, 7 de mayo de 2018.- El administrador único de "Class Rent a Car, Sociedad Limitada" (sociedad escindida), Juan Cárdenas Caballero.
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