Contido non dispoñible en galego
Anuncio de Fusión por absorción.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles modificado por el Real Decreto Ley 9/2016, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de Sociedades de Capital (en lo sucesivo "LME"), se hace público que el día 18 de junio de 2018, el accionista único de la sociedad CARROCERIAS VIC, S.A. (Sociedad Absorbida) y los socios de SERRA HOMS-04, S.L. (Sociedad Absorbente), ambas sociedades intervinientes en la fusión en ejercicio de sus competencias, han aprobado los balances de fusión a 31 de diciembre de 2017, así como la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada CARROCERIAS VIC, S.A. (Sociedad Absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 15 de mayo de 2018 con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme el proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades con fecha 15 de mayo de 2018 y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital social de la sociedad absorbida. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME (ii) informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión (iIi) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida.
Asimismo, la Junta General de Socios de la sociedad absorbente acordó, por unanimidad, el cambio de denominación social, que pasará a ser CARROCERIAS VIC, S.L., por aplicación del artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil.
Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión/acuerdo de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades participantes en la fusión, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.
Malla (Barcelona), 18 de junio de 2018.- Josep Serra Bayés, Secretario del Consejo de Administración de CARROCERÍAS VIC, S.A. y Antonio María Claret Homs Codina y Josep Serra Bayés, Administradores mancomunados de SERRA HOMS-04, S.L.
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