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De conformidad al artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), en relación con los artículos 52.1, 49.1 y 42.1 del mismo texto legal, se hace público que el Socio Único "BTD Capital 12, S.L.", de "BTD Proyectos 12, S.A.U." y de "BTD Desarrollo 12, S.L.U.", acordó el 22 de junio de 2018, la fusión por absorción en virtud del cual, "BTD Desarrollo 12, S.L.U." transmitirá en bloque todo su patrimonio social a "BTD Proyectos 12, S.A.U.", que lo adquirirá en su integridad por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de la Sociedad Absorbida, produciéndose la disolución sin liquidación de "BTD Desarrollo 12, S.L.U.", todo ello, de conformidad con el Proyecto Común de Fusión formulado y suscrito el día 22 de junio de 2018 por el Administrador Único de ambas sociedades intervinientes en la fusión, y con aprobación de los Balances de Fusión de cada una de dichas sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2017.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores, y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en el domicilio social de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado junto con los Balances de Fusión. Del mismo modo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la fusión por absorción en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con el artículo 44 de la LME.
Madrid, 22 de junio de 2018.- BTD CapitaL 12, S.L. (representada por José Andrés Llordén Jáñez, Administrador Único de BTD Proyectos 12, S.A.U. y de BTD Desarrollo 12, S.L.U.
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