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Documento BORME-C-2018-5853

TERMINAL POLIVALENTE DE CASTELLÓN, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 6873 a 6875 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-5853

TEXTO

Reducción del capital social

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se comunica que el accionista único de TERMINAL POLIVALENTE DE CASTELLÓN, S.A.U. (la "Sociedad") ha adoptado, con fecha 27 de junio de 2018, las siguientes decisiones con la finalidad de reducir el capital social de la Sociedad:

"Primera. Reducción de capital por compensación de pérdidas.

El Accionista Único decide reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial disminuido por consecuencia de pérdidas (la "Primera Reducción de Capital"), conforme a los siguientes términos y condiciones:

(i) Balance: la Primera Reducción de Capital se lleva a cabo sobre la base del Balance de Situación de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2017, esto es, dentro de los seis (6) meses anteriores a esta fecha, comprendido en la cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2017, formulado por los administradores de la Sociedad en fecha 19 de junio del 2018, verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad conforme a su informe de fecha 21 de junio del 2018 y aprobado por el Accionista Único de la Sociedad en fecha 22 de junio del 2018.

(ii) Cuantía de la Primera Reducción de Capital: el capital social de la Sociedad se reduce en la cantidad de doce millones quinientos ochenta y ocho mil setecientos y un euros (12.588.701,00 euros), desde la cifra actual de dieciocho millones setecientos cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (18.742.446,64 euros) hasta la cifra de seis millones ciento cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (6.153.745,64 euros).

(iii) Finalidad de la Primera Reducción de Capital: La Primera Reducción de Capital tiene por finalidad restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, disminuido por consecuencia de pérdidas.

(iv) Procedimiento de la Primera Reducción de Capital: La Primera Reducción de Capital se lleva a cabo mediante la disminución del valor nominal individual de todas las acciones, en la cuantía de 32,414696 euros, las cuales, a partir de la ejecución de la Primera Reducción de Capital, tendrán un valor nominal individual de 15,845304 euros.

(v) Plazo de ejecución: Se hace constar que los acreedores de la Sociedad no tendrán derecho de oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, la Primera Reducción de Capital queda completada.

(vi) Paridad de trato: La Primera Reducción de Capital afecta por igual a todas las acciones en proporción a su valor nominal, sin perjuicio de los privilegios reconocidos por ley y/o estatutos a las acciones sin voto.

(vii) Suma que habrá de abonarse al Accionista Único: Dado que la finalidad de la Primera Reducción del Capital social es la compensación de pérdidas, no procede el abono de importe alguno al Accionista Único.

(viii) Publicación: La Primera Reducción de Capital será publicada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia del domicilio social de la Sociedad.

(ix) Libro Registro de Acciones Nominativas: La Primera Reducción de Capital se ha hecho constar en el Libro Registro de Acciones Nominativas.

(x) Modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales: Como consecuencia de la Primera Reducción de Capital, el artículo 5 de los Estatutos sociales queda modificado, siendo su tenor literal, en adelante, el siguiente:

"Artículo 5.- Capital Social.

Se fija el capital de la Sociedad en la suma de seis millones ciento cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (6.153.745,64.-€) dividido en 388.364 acciones de 15,845304.-€ de valor nominal cada una de ellas, indivisibles y acumulables, totalmente suscritas y desembolsadas y numeradas correlativamente del 1 al 388.364 ambos inclusive."

Segunda. Reducción de capital por constitución de reserva legal y voluntarias.

El Accionista Único decide reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de dotar la reserva legal y una reserva voluntaria (la "Segunda Reducción de Capital"), conforme a los siguientes términos y condiciones:

(i) Balance: la Segunda Reducción de Capital se lleva a cabo sobre la base del Balance de Situación de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2017, esto es, dentro de los seis (6) meses anteriores a esta fecha, comprendido en la cuentas anuales correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2017, formulado por los administradores de la Sociedad en fecha 19 de junio del 2018, verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad conforme a su informe de fecha 21 de junio del 2018 y aprobado por el Accionista Único de la Sociedad en fecha 22 de junio del 2018.

(ii) Cuantía de la Segunda Reducción de Capital: el capital social de la Sociedad se reduce en la cantidad de seis millones noventa y tres mil setecientos cuarenta y cinco euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (6.093.745,64.-€), desde la cifra de seis millones ciento cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (6.153.745,64 euros) hasta la cifra de sesenta mil euros (60.000 euros).

(iii) Finalidad de la Segunda Reducción de Capital: La Segunda Reducción de Capital tiene por finalidad dotar:

(a) la reserva legal, por importe de seis mil euros (6.000 euros), hasta alcanzar el 10% de la cifra de capital social resultante de la Segunda Reducción de Capital.

(b) una reserva voluntaria con el carácter de indisponible, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, por importe de seis millones ochenta y siete mil setecientos cuarenta y cinco euros con sesenta y cuatro céntimos de euro (6.087.745,64 euros), reforzándose el balance de la Sociedad sin que la posición de los acreedores sociales quede menoscabada.

(iv) Procedimiento de la Segunda Reducción de Capital: La Segunda Reducción de Capital se lleva a cabo mediante la disminución del valor nominal individual de todas acciones, en la cuantía de 15,69081 euros, las cuales, a partir de la ejecución de la Segunda Reducción de Capital, tendrán un valor nominal individual de 0,154494 euros.

(v) Plazo de ejecución: Se hace constar que los acreedores de la Sociedad no tendrán derecho de oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital.

A resultas de esta reducción de capital, se constituirá una reserva voluntaria indisponible – de la que sólo se podrá disponer con los requisitos exigidos para la reducción del capital social -, sin producirse salida de valor patrimonial alguno a favor del Accionista Único de la Sociedad. Por lo tanto, no resultará de aplicación el derecho de oposición de acreedores.

En consecuencia, la Segunda Reducción de Capital queda completada.

(vi) Paridad de trato: La Segunda Reducción de Capital afecta por igual a todas las acciones en proporción a su valor nominal, sin perjuicio de los privilegios reconocidos por ley y/o estatutos a las acciones sin voto.

(vii) Suma que habrá de abonarse al Accionista Único: Dado que la finalidad de la Segunda Reducción del Capital social es la dotación de reserva legal y reservas voluntarias indisponibles, no procede el abono de importe alguno al Accionista Único.

(viii) Publicación: La Segunda Reducción de Capital será publicada en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en un periódico de gran circulación en la provincia del domicilio social de la Sociedad.

(ix) Libro Registro de Acciones Nominativas: La Segunda Reducción de Capital se ha hecho constar en el Libro Registro de Acciones Nominativas.

(x) Modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales: Como consecuencia de la Segunda Reducción de Capital, el artículo 5 de los Estatutos sociales queda modificado, siendo su tenor literal, en adelante, el siguiente:

"Artículo 5. Capital Social.

Se fija el capital de la Sociedad en la suma de sesenta mil euros (60.000 euros) dividido en 388.364 acciones de 0,154494 de valor nominal cada una de ellas, indivisibles y acumulables, totalmente suscritas y desembolsadas y numeradas correlativamente del 1 al 388.364 ambos inclusive."

Castellón, 28 de junio de 2018.- Amparo López-Menéndez Arqueros, Secretaria no Consejera de la Sociedad.

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