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Documento BORME-C-2018-5909

GRUPO LAYNA GESTIÓN DE RESIDUOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BIOCOMBUSTIBLES DEL HENARES, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 6936 a 6936 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-5909

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la ley 3/2009, (en lo sucesivo "LME") se hace público que los socios de la sociedad Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L. (sociedad absorbente), y el socio único de Biocombustibles del Henares, S.L., unipersonal (sociedad absorbida), en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General de socios y al socio único respectivamente, han aprobado con fecha 21 de junio de 2018 en ambas sociedades la fusión por absorción de Biocombustibles del Henares, S.L., por parte de Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente. El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 21 de junio de 2018, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2,6,9 y 10 del artículo 31 LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida. Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades: (i) por decisión de su único socio en Biocombustibles del Henares, S.L. unipersonal, mediante decisión de socio único adoptado en fecha 21 de junio de 2018, y (ii) por acuerdo de la junta general y universal de socios de la sociedad Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L., por unanimidad de todos sus socios, en fecha 21 de junio de 2018, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión. Igualmente se aprobaron los respectivos balances de fusión de las sociedades intervinientes en la misma, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2017, y el de la sociedad absorbente a su vez ha resultado verificado por el auditor de cuentas de la sociedad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Alcalá de Henares, 26 de junio de 2018.- El Administrador Único de Grupo Layna Gestión de Residuos, S.L., y de Biocombustibles del Henares, S.L., Unipersonal, Pablo Layna Calvo.

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