En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el día 30 de junio de 2018, la Junta General de PARQUE MIRAMAR, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y el Socio único de MYRAMAR RETAIL DOS, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") en ejercicio de las competencias de la Junta General, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente (la "Fusión"), la cual adquirirá, por sucesión universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, sin que proceda aumento de capital social en la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.1 en relación con el 49.1, y 42 LME, ya que las sociedades intervinientes en la Fusión se encuentran íntegramente participadas de forma directa e indirecta por el mismo socio.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida a obtener el texto íntegro de los acuerdos sociales adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME.
Málaga, 3 de julio de 2018.- Miguel Rodriguez Porras, Presidente de los Consejos de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.
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