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Documento BORME-C-2018-6158

DAGRAM TI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MEMICSYS, SOCIEDAD LIMITADA
ONISIS NETWORKS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 7214 a 7214 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6158

TEXTO

Fusión por Absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales y Universales de las mercantiles Dagram Ti, S.L. (Sociedad absorbente) y Memicsys, S.L. y Onisis Networks, S.L., (Sociedades absorbidas) celebradas el día 4 de julio de 2018 (la primera) y 3 de julio de 2018 (las segundas), aprobaron por unanimidad la Fusión de las mismas, mediante la Absorción por Dagram Ti, S.L. (Sociedad absorbente) de Memicsys S.L. y Onisis Networks S.L. (Sociedades absorbidas) con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la absorbente, que adquiere por sucesión universal la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones de la sociedades absorbidas.

Esta operación es una fusión especial, sujeta a lo establecido en el artículo 52 apartado 1.ª de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales, supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que las sociedades absorbidas son titulares de forma directa de todas las participaciones sociales de la sociedad absorbente, en la proporción del 50 por ciento cada una de ellas con anterioridad a 1 de enero de 2018 - "fusión inversa"-,siéndole de aplicación por remisión lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales. Este proceso de integración se desarrolla sin aumento de capital ni relación de canje, no siendo necesarios los informes de Administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haberse acordado la Fusión en cada una de las sociedades en Juntas Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto.

Se hace constar de conformidad con los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las tres sociedades, cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del presente anuncio de fusión, que podrá ejercitarse durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

L'Ametlla del Vallès, 9 de julio de 2018.- El Administrador único de Dagram Ti S.L, Memicsys S.L. y Onisis Networks S.L., Eduardo Bernabé Roca.

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