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El Consejo de Administración de la sociedad ha acordado convocar Junta General Extraordinaria de accionistas, que se celebrará en la Residencia San Dionisio, sita en calle Sagrada Familia, 30, de Pradoluengo, el próximo día 14 de septiembre de 2018, a las once horas, en primera convocatoria, o el día 15 de septiembre, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, con arreglo al siguiente
Orden del día
Primero.- Aprobación, si procede, de aumento de capital social con aportaciones dinerarias en 603.000€ mediante la emisión y puesta en circulación de 1206 nuevas acciones de 500€ de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con respeto del derecho de suscripción preferente de los socios accionistas. Todo según se recoge en el informe del Consejo de Administración.
Segundo.- Aprobación, si procede, de un aumento de capital de la sociedad por un importe de 197.000,00€, mediante la emisión de 394 nuevas acciones ordinarias de la sociedad de quinientos euros (500€) de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, para su suscripción por diversos acreedores, cuyo desembolso se llevara a cabo mediante compensación de créditos. El aumento de capital será suscrito por los acreedores que se relacionan en el informe del Consejo de Administración puesto a disposición de los accionistas correspondiente a este punto del orden del día en cumplimiento del artículo 301.2 de la Ley de Sociedades de Capital. Se hace constar que los créditos que se compensan son líquidos, vencidos y exigibles en al menos un 25% y que a la fecha de este acuerdo, el vencimiento del restante no es superior a cinco años, todo ello de acuerdo con la certificación del Auditor de Cuentas de la sociedad puesta a disposición de los accionistas de acuerdo con lo previsto en el artículo 301.3 de la Ley de Sociedades de Capital. En atención a lo dispuesto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, al ser un aumento de capital por compensación de créditos, y no haber, por tanto, aportaciones dinerarias, no hay lugar al derecho de suscripción preferente. Las acciones de nueva emisión, serán ordinarias, iguales a las actualmente en circulación y estarán representadas mediante anotaciones en cuenta y conferirán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las acciones en circulación a partir de la fecha en que el aumento de capital se declare suscrito y desembolsado por el Consejo de Administración de la Sociedad.
Tercero.- Aprobación, si procede, de la delegación en el Consejo de Administracion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 297.1 (a) de la LSC, de la delegación en el propio Consejo, con expresa facultad de sustitución, de las facultades necesarias para que, dentro del plazo máximo de un año a contar desde la fecha del acuerdo de la Junta General y con arreglo a las condiciones acordadas, se ejecute en el modo y manera que tenga por conveniente el acuerdo y decida la fecha en al que, en su caso, este aumento deba llevarse a efecto y que igualmente se faculte al Consejo de Administracion para que fijen las condiciones del aumento en todo lo no previsto por la Junta General, incluyendo las modificación de la redacción de los artículos 5 y 6 de los Estatutos de la Sociedad para adaptarlo a la nueva cifra de capital social y la realización de todos los actos que sean precisos para lograr la inscripción del aumento del capital en el Registro Mercantil.
Cuarto.- Sin perjuicio de las delegaciones concedidas anteriormente, se acuerda, si procede, facultar al Consejo de Administracion, con expresa facultad de sustitución, para que en nombre y representación de la sociedad, dos miembros cualquier del mismo, puedan formalizar cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos.
Quinto.- Ruegos y Preguntas.
Sexto.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Asamblea General Extraordinaria.
Conforme a lo dispuesto en los articulo 287 y 300.2 de la Ley de Sociedades de Capital todos los socios tendrán derecho a examinar en el domicilio social el texto integro de la modificación estatuaria propuesta y el informe sobre la misma, así como pedir la entrega o el envió gratuito de dichos documentos, del informe sobre la ampliación de capital y del informe del auditor sobre la compensación de créditos. Sin perjuicio de lo anterior, los señores accionistas podrán ejercitar, antes y durante la Junta General, el derecho de información de conformidad con lo previsto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital. Por ello, desde la publicación de la presente convocatoria, los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la Junta General de Accionistas, o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día anteriormente transcrito.
Pradoluengo, 27 de julio de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración, Juan Antonio Bacigalupe González.
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