De conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital se hace público que, el 30 de julio de 2018, la junta general extraordinaria de socios de Beabloo, Sociedad Limitada, acordó, entre otros, ampliar el capital social, fijado en la cuantía de cuarenta y tres mil setecientos veintiséis euros (43.726,00 €), hasta la cifra de ochenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y dos euros (87.452,00 €), es decir, aumentarlo en la cuantía de cuarenta y tres mil setecientos veintiséis euros (43.726,00 €), mediante aumento de capital por aportaciones dinerarias, creando como representativas del indicado aumento de capital por aportaciones dinerarias, cuarenta y tres mil setecientas veintiséis (43.726) participaciones indivisibles y acumulables de la clase B, de un euro (1,00 €) de valor nominal cada una de ellas, totalmente asumidas y desembolsadas, que estarían numeradas correlativamente de la 43.727 a la 87.452, ambas inclusive.
Las nuevas participaciones:
(i) otorgarán los mismos derechos y obligaciones que las hasta ahora existentes;
(ii) cada una de las cuales comenzará a gozar de los derechos a ellas inherentes a partir de su asunción y desembolso; y
(iii) se crean con una prima de asunción total de tres millones novecientos cincuenta y seis mil doscientos setenta y cuatro euros (3.956.274,00.-€), es decir, una prima de asunción de 90,47875406 €, aproximadamente, por participación, si fueran asumidas y desembolsadas por los socios de Beabloo de conformidad con la presente oferta, en cuyo caso, el total importe a desembolsar en sede del aumento por aportaciones dinerarias en concepto de capital y prima de asunción, ascendería a la cantidad de cuatro millones de euros (4.000.000 €).
En relación con dicho acuerdo de ampliación de capital, de conformidad con lo acordado en la referida junta y lo dispuesto en el artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace pública la oferta de asunción de las nuevas participaciones sociales, a fin de que los socios de Beabloo, sociedad limitada, procedan, si lo desean:
(a) a la asunción íntegra (o, de parte de) las participaciones creadas;
y (b) a su desembolso; en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del presente anuncio.
A los efectos oportunos, se señala que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 307.1 de la Ley de Sociedades de Capital, el consejo de administración ofrecerá aquellas participaciones que no se hubieran asumido en el ejercicio del derecho de preferencia, a los socios que sí hubieran ejercitado su derecho de asunción preferente, para su asunción y desembolso, durante un plazo no superior a quince (15) días desde la conclusión del plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del presente anuncio.
Los desembolsos de las participaciones asumidas deberán efectuarse dentro de los plazos correspondientes en efectivo metálico, mediante ingreso en la cuenta corriente abierta a nombre de Beabloo, sociedad limitada, en el banco Banc Sabadell, número de cuenta 0081 5224 4800 0126 0929, IBAN ES87 0081 5224 4800 0126 0929, indicando como concepto "Aumento de capital social";
Barcelona, 30 de julio de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración de Beabloo, Sociedad Limitada, Jaume Portell Guarch.
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