De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil "NET WORK COURIER, S.L." (Sociedad Totalmente Escindida), celebrada el día 1 de agosto de 2018, aprobó, por unanimidad, la escisión total en los términos previstos en los artículos 68.1. 1.º y 69 de la Ley 3/2009. La Sociedad "NET WORK COURIER, S.L." (Sociedad totalmente escindida), se disolverá y extinguirá, sin liquidación, transmitiendo todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque por sucesión universal a dos Sociedades Beneficiarias, una de ellas de nueva creación que sucederá en la denominación a la Sociedad Totalmente Escindida, esto es, "NET WORK COURIER, S.L." (Sociedad Beneficiaria), y otra ya existente denominada "PÁGINA CERO, S.L." (Sociedad Beneficiaria). "PÁGINA CERO, S.L." (Sociedad Beneficiaria) asumirá los activos y pasivos inmobiliarios de la Sociedad escindida y; "NET WORK COURIER, S.L." (Sociedad Beneficiaria) asumirá el resto de los activos y pasivos de la Sociedad escindida, que constituye el negocio o explotación económica principal de la Sociedad escindida.
Se hace constar el Derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el Derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid a, 3 de agosto de 2018.- La Administradora única de la sociedad "NET WORK COURIER, S.L.", Rosa María León Mateo.
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